Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150109-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

93
Procedimiento ordinario 1.075 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.075 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa Isabel Alfaro Contreras, frente a “Lucarán Restauración, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 467 de 2014

En Madrid, a 13 de noviembre de 2014.—Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 1 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 1.075 de 2014, promovidos a instancias de doña Rosa Isabel Alfaro Contreras, defendida por el letrado don Ernesto Martín Aranda, contra la empresa “Lucarán Restauración, Sociedad Limitada”, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación al caso,

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Rosa Isabel Alfaro Contreras, defendida por el letrado don Ernesto Martín Aranda, contra la empresa “Lucarán Restauración, Sociedad Limitada”, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial, condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 3.463,08 euros brutos, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia no es firme, cabe contra ella recurso de suplicación (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social) ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, que deberá ser anunciado, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (artículos 194 y 196).

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en primera instancia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lucarán Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.952/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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