Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150109-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

104
Ejecución 143 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 143 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felipe Antonio Nespoloni y don Mauricio Valencia Mazo, frente a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones con los particulares indicados:

Auto de fecha 3 de septiembre de 2014:

Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral de don Mauricio Valencia Mazo con la empresa “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, en la fecha de la presente resolución por no readmisión del mismo, condenando a la citada empresa al abono en concepto de indemnización de la suma de 3.927,82 euros, así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución, cuya cuantía se deberá determinar una vez que por la parte actora en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución se aporten las nóminas de su prestación de servicios en la empresa “Porteros Express, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los tres días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Auto de fecha 27 de octubre de 2014:

Dispongo: Que procede aclarar de oficio la resolución de fecha 3 de septiembre de 2014 sobre extinción de la relación laboral del actor con la empresa, rectificando el error material de transcripción y aritmético padecido en tal resolución en el sentido de fijar como suma que corresponde al actor por indemnización la de 15.306,61 euros, y no la que por error se recoge en dicha resolución; manteniendo en lo demás en su integridad la citada resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Auto de fecha 28 de octubre de 2014:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Mauricio Valencia Mazo, frente a la demandada “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 29.256,34 euros (15.306,61 euros en concepto de indemnización y 13.949,73 euros en concepto de salarios de tramitación fijados en providencia de fecha 22 de septiembre de 2014), más 2.925 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0143/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social.

Auto de fecha 29 de octubre de 2014:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Felipe Antonio Nespoloni, frente a la demandada “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 4.346,33 euros, más 869,26 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0225/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Decreto de fecha 3 de diciembre de 2014:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 33.602,67 euros de principal y 3.794,26 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios y copia sellada de la demanda a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, remitiéndolos en el mismo sobre junto con la notificación de la presente al domicilio designado a tales efectos por cada ejecutante.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0143/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.959/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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