Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150109-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 9

218
Impugnación de actos administrativos 1.510 de 2013

EDICTO

Doña María Luisa Linaza Vicandi, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos de impugnación de actos administrativos número 1.510 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de “Kratse, Sociedad Limitada”, contra don El Kessisser Bew Chama, doña Areera Iteeraprasert San, doña Luzmila Martínez Martínez, doña Elsa María Pérez Sánchez, doña Paola Adriana Rossi, doña Maritza Sánchez Montero, Tesorería General de la Seguridad Social, doña María Benita Villada Rivas y doña Basma Wammas, sobre impugnación de actos administrativos, se ha dictado la sentencia número 382, cuyo fallo literalmente dice:

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por “Kratse, Sociedad Limitada”, frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, habiendo sido emplazadas como intervinientes doña María Benita Villada Rivas, doña Basma Wammas, doña Maritza Sánchez Montero, doña Elsa María Pérez Sánchez, don El Kessisser Bew Chama, doña Luzmila Martínez Martínez, doña Paola Adriana Rossi y doña Areera Iteeraprasert San, debo declarar y declaro ajustado a derecho el acto administrativo impugnado.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo anunciarse tal propósito mediante comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación.

De recurrir la entidad gestora, al anunciar el recurso deberá presentar en el Juzgado certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación y que lo seguirá puntualmente durante la tramitación del recurso hasta el límite de su responsabilidad, lo que si no cumple efectivamente pondrá fin al trámite del recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto o sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para le que sirva de notificación a don El Kessisser Bew Chama, doña Areera Iteeraprasert San, doña Luzmila Martínez Martínez, doña Elsa María Pérez Sánchez, doña Paola Adriana Rossi, doña Maritza Sánchez Montero, doña María Benita Villada Rivas y doña Basma Wammas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 28 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.961/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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