Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2015

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150114-197

Páginas: 4


V. OTROS ANUNCIOS

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE MADRID, S. A.

197
Contratación del suministro de gasóleo

Anuncio de un sistema de clasificación, petición de ofertas y contratación del suministro de basóleo A, biodiesel puro, mezclas de gasóleo A y biodiesel y gasóleo C (calefacción) a la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, Sociedad Anónima (EMT), publicado en el “Diario Oficial de la Unión Europea”, Ley 31/2007, de Sectores del Agua, la Energía, los Transportes y los Servicios Postales.

1. Entidad adjudicadora: Empresa Municipal de Transportes de Madrid, Sociedad Anónima (EMT), con domicilio social en calle Cerro de la Plata número 4, E-28007 Madrid (España), CIF: A-28046316, División Financiera, teléfono ( + 34)914 068 833. Fax: ( + 34) 914 068 832.

2. Objeto del sistema de clasificación (vocabulario común de contratos públicos): CPV: 09134000-09134230.

El objeto es el establecimiento de las condiciones administrativas, económicas y técnicas que habrán de regir la clasificación, presentación de ofertas y ulteriores contrataciones para el suministro a EMT de los siguientes productos:

a) Gasóleo A (automoción).

b) Biodiesel puro.

c) Cualquier mezcla de gasóleo A con biodiesel puro.

d) Gasóleo C (calefacción).

Mediante procedimiento de contratación restringido o negociado (subordinado a un sistema de clasificación).

Condiciones de participación: los solicitantes de clasificación, deberán solicitar el pliego de condiciones en la dirección del apartado 1.

Condiciones que deberán cumplir los operadores económicos con vistas a su clasificación:

Podrán solicitar la clasificación para el suministro de uno, varios o todos los productos referidos en los apartados a) a d) del apartado 1 del pliego de condiciones generales las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que perteneciendo al sector de la actividad a la que se refiere el objeto del contrato, tengan plena capacidad de obrar, no estén comprendidas en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en la legislación vigente de contratos del sector público o en cualquier norma de derecho público o privado, estén autorizadas para operar en territorio español cuando tal autorización sea preceptiva, tengan la solvencia necesaria para realizar el suministro y cumplan las siguientes condiciones:

1. Tenga capacidad legal para contratar, y se dedique a la actividad a que se refiere el suministro, debiendo encontrarse autorizado para operar en España, acompañando al efecto la escritura de constitución o documento equivalente, el alta o recibo del impuesto de actividades económicas por el epígrafe correspondiente o justificación de la exención y, en su caso, copia de la autorización para operar.

2. Reunir condiciones de solvencia económica para realizar el suministro, acreditándolo mediante la presentación del último informe anual aprobado y publicado de la compañía suministradora (memoria, balance y cuenta de resultados). La solvencia técnica se entenderá cumplida con la autorización para operar.

3. No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar o incompatibilidades establecidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni en ninguna otra norma de derecho público o privado, lo que acreditará mediante la oportuna declaración responsable, que podrá cumplimentar mediante el modelo único a este pliego (anexo I).

4. Encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, incluidas las existentes con el Ayuntamiento de Madrid, y con la Seguridad Social, lo que acreditará cumplimentando la declaración responsable que se anexa como modelo (anexo II), y aportando la documentación requerida en el pliego de condiciones. EMT podrá solicitar directamente al Ayuntamiento de Madrid la situación tributaria del solicitante de clasificación.

5. Se deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 42 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en relación con la disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y encontrarse, a tenor de la misma en alguna de las situaciones de cumplimiento de la Ley (tener una plantilla de menos de cincuenta trabajadores, o en el caso de ser de cincuenta o más, de entre ellos tener contratado al menos un número de trabajadores discapacitados, según la definición establecida por la legislación vigente, de al menos el 2 por 100, o tener implantadas las medidas alternativas legalmente admisibles y obtenida la declaración de excepcionalidad otorgada por resolución expresa o silencio positivo).

6. Dar garantía de calidad de todos los productos a suministrar, que en el caso de biodiesel puro o en el que se utilice en las mezclas cumplirá, como mínimo, la legislación europea vigente en España en cada momento. EMT podrá fijar a lo largo del período de duración del sistema los requisitos específicos de calidad exigidos, notificándolo a los clasificados o publicándolos en el “perfil del contratante”.

7. Acreditar la procedencia y materia prima del producto a suministrar y garantía para cumplir los suministros a efectuar a EMT, así como la capacidad de almacenamiento adecuada para cumplir con dichos suministros. En el anuncio de implantación del sistema, o en el de renovación, o en cualquier momento a lo largo de la duración del sistema podrá exigir acreditar a los licitadores clasificados que tengan determinada capacidad de almacenamiento. Una vez clasificado, deberá acreditar en cualquier momento el mantener las circunstancias expresadas. La suficiencia de la acreditación será determinada por EMT.

Ver punto 4 del pliego de condiciones generales.

3. Criterios de adjudicación: el precio más bajo.

4. Duración del sistema de clasificación: indeterminada. Este anuncio de sistema de clasificación sirve, asimismo, de convocatoria de licitación (número de referencia: 09/001/2-R/SUC2015).

5. Información adicional:

Este anuncio es renovación del sistema de clasificación publicado en anuncio 2009/S 40-058587, de 27 de febrero de 2009.

— El importe de los impuestos o tasas de todo tipo que se deriven de la adjudicación, excepto el IVA, que necesariamente habrá de reflejarse en factura, serán a cargo del adjudicatario.

— El adjudicatario será el único responsable de cumplir la prestación que le corresponda como consecuencia de la adjudicación, no pudiendo subcontratarla total o parcialmente.

— Las solicitudes de clasificación o de renovación, que como queda dicho pueden referirse a uno, varios, o todos los productos, podrán presentarse en los plazos mencionados en el punto IV.3.2 de este anuncio y se dirigirán a Dirección Adjunta de EMT (División de Contratación) Departamento de Contratación y a la División de Compras, Aprovisionamiento y Almacén-Departamento de Aprovisionamiento, de la Subdirección Financiera, ambos con domicilio en calle del Cerro de la Plata, número 4, 28007 Madrid, NIF A-28046316, fax ( + 34)914 068 832, teléfono ( + 34) 914 068 800, extensión 658, correo electrónico contratacion@emtmadrid.es o aprovisionamiento@emtmadrid.es Las solicitudes no se ajustarán a formato oficial, pero deberán acompañar la documentación requerida en el pliego de condiciones. EMT podrá requerir la entrega de copias o de originales para cotejar, de la documentación presentada por correo electrónico. Las empresas que actualmente se encuentren clasificadas para cualquiera de los productos solicitados [gasóleo A (automoción); biodiesel puro; cualquier mezcla de gasóleo A con biodiesel puro; gasóleo C (calefacción)], se entenderá que continúan clasificadas en dichos apartados, entendiéndose su clasificación vigente hasta que llegue la fecha tope concedida para la renovación. El sistema estará abierto a los nuevos solicitantes de clasificación en cualquier momento de duración del mismo.

— El licitador deberá presentar al solicitar la clasificación (ver puntos 4.2 y 7):

• Declaración responsable de no hallarse incurso en prohibiciones de contratar o incompatibilidades legales (ver anexo I del pliego de condiciones generales).

• Escritura de constitución o documento equivalente en el que figure el objeto social del licitador.

• Declaración responsable (anexo II del pliego de condiciones generales) y certificados vigentes de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. También aportará copia del alta y recibo de estar al corriente en el pago del impuesto de actividades económicas, o justificación de encontrarse exento.

• Modelo de hoja declarativa de datos de identificación del licitador y de domicilio y correo electrónico para notificaciones (ver anexo III del pliego de condiciones generales).

• Certificación expedida por el Ministerio de Trabajo sobre plantilla de trabajadores y dentro de ella de trabajadores discapacitados, para acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley General de Personas con Discapacidad y su Inclusión Social.

• Declaración responsable de que la persona o personas que suscribirán las ofertas cuentan con el certificado de firma electrónica, en caso de que se exija tal requisito por EMT.

• El poder que acredite la representación de la persona que suscriba las cartas de confirmación de las ofertas o del que haga uso de la firma electrónica.

• Los acreditativos del cumplimiento por el producto a suministrar de la normativa europea, así como los que se refieren a la garantía de suministro y capacidad de almacenamiento o demás exigencias similares que EMT pueda requerir.

• El pliego de condiciones, y el de condiciones particulares, en su caso, firmados por persona con facultades suficientes para obligar a la compañía (ver forma de descargar en punto IV.2.3).

• Las autorizaciones para operar que, en su caso, sean exigibles.

• Póliza de seguro de responsabilidad civil, por un importe asegurado de 500.000 euros, por anualidad, siniestro y víctima.

— EMT se reserva la posibilidad de solicitar otros documentos al solicitante durante la vigencia del sistema de clasificación. Con posterioridad EMT podrá solicitar la documentación complementaria que estime conveniente. La documentación presentada, y toda la documentación de la clasificación o de las ofertas, estarán necesariamente expresadas en español, exigiéndose, en su caso, la traducción de toda aquella documentación que no viniera así expresada, siendo por cuenta del licitador el coste que suponga dicha traducción. Las unidades económicas se expresarán en euros.

— Ver punto 5 del pliego de condiciones generales en cuanto a la forma de presentar ofertas. Salvo que otra cosa se comunique expresamente, los precios se expresarán en euros por litro, con un máximo de tres cifras decimales, excluido el IVA.

— Los precios ofertados serán invariables durante cada período de suministro. Los pagos serán realizados mediante transferencia bancaria a los sesenta días de la fecha de recepción de la factura por parte de EMT.

— Servirá como convocatoria de licitación el anuncio en el que se publique la existencia del sistema de clasificación o su renovación. La cantidad por las que se pide oferta semanal de gasóleo A será máxima estimada. En el caso de adquisición de gasóleo A, la periodicidad de la petición y presentación de ofertas será semanal y se realizará por correo electrónico hasta las doce horas de cada viernes. Ver detalle en el pliego de condiciones. En caso de no publicarse tal cantidad, las empresas clasificadas podrán obtener dicha información en la División de Compras, Aprovisionamiento y Almacén de EMT. Por regla general, el procedimiento para la adjudicación de cada uno de los contratos de compra, se realizará mediante procedimiento restringido, seleccionando a los licitadores entre las empresas clasificadas. Conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 31/2007, EMT podrá utilizar también el procedimiento negociado dentro del sistema de clasificación, haciéndolo constar expresamente con carácter previo en cada caso. A falta de mención expresa, se entenderá que el procedimiento es restringido y que están seleccionadas todas las empresas clasificadas (ver punto 5 del pliego de condiciones generales).

— En general no se solicitará la constitución de garantía provisional ni definitiva. Ver punto 9 del pliego de condiciones generales. La garantía, en caso de que sea exigida por EMT, lo será por un importe igual al 5 por 100, ampliable por decisión de EMT hasta un 10 por 100, del importe de la primera adjudicación que se haya acordado a favor de cada licitador concreto. Dicha garantía responderá de todas y cada una de las obligaciones que corresponden al adjudicatario.

— EMT podrá declarar desierta la adjudicación, y también podrá distribuirla entre más de un licitador, aunque sus precios no fueran idénticos, si por razones estratégicas o de otra índole lo considerara conveniente a los intereses de EMT. En todo caso para la adjudicación al segundo y siguientes adjudicatarios, seguirá utilizando el criterio del precio más bajo sucesivamente, debiendo motivar el porqué de realizar estas adjudicaciones sucesivas, y las razones que justifiquen el adjudicar a un segundo, o en su caso, ulterior proveedor. En el caso de que se produzca empate entre las ofertas de dos o más de las empresas ofertantes, la adjudicación se distribuirá entre todas ellas en términos de igualdad, realizando los pedidos de forma que esta igualdad se mantenga al terminar el suministro real del período, salvo que concurran causas justificadas derivadas de la complejidad logística y operativa del suministro.

— Ver punto 11 del pliego de condiciones, otras condiciones, y 11.5, prueba analítica.

— El régimen jurídico al que se somete la petición de ofertas que se convoca y el contrato objeto de adjudicación, es de derecho privado, y está sujeto a lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, de Procedimientos de Contratación de los Sectores del Agua, de la Energía, los Transportes y los Servicios Postales. Son de aplicación, limitadamente y en lo procedente, las normas comunes del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, conforme a lo establecido en la disposición adicional octava del mismo, y disposición adicional cuarta de la Ley 31/2007 citada, para los contratos de entidades que son sociedades mercantiles, no tienen el carácter de Administración Pública, y que además están sujetas con carácter general a la referida Ley 31/2007, y sin que en ningún caso sean aplicables a los procedimientos que se regulan en este pliego las normas establecidas para los contratos sujetos a regulación armonizada. Las partes regularán sus relaciones por el derecho privado, sin perjuicio de las condiciones que establezca la Ley, sujetándose a lo especificado en las presentes condiciones, a la oferta que se presente y a la adjudicación que se realice.

El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que pudieran suscitarse entre las partes, salvo que, por norma imperativa, deba conocer la jurisdicción contencioso-administrativa. En tal sentido, se hace constar que el presente procedimiento está sujeto al régimen de reclamaciones y de declaración de nulidad regulados en el título VII, capítulos I y II, artículos 101 a 111 de la Ley 31/2007; el plazo de presentación de la reclamación será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del sistema de clasificación en el “Diario Oficial de la Unión Europea”, y para otros actos el mismo plazo desde el día siguiente de la publicación del acto en el “perfil del contratante”, o desde que se hubiera tenido conocimiento del acto, si fuera anterior, en los demás casos. El plazo de interposición de la solicitud de declaración de nulidad será de treinta días o seis meses en la forma regulada en los puntos 3, letras a) y b), y 4 del artículo 111 de la Ley 31/2007. La presentación de la reclamación se deberá anunciar previamente por escrito a EMT, dirigido a EMT-Dirección Adjunta-División de Contratación; el escrito se presentará en la Secretaría General de EMT, calle Cerro de la Plata, número 4, 28007 Madrid. La instancia competente para el conocimiento de reclamaciones y recursos es el Tribunal Administrativo de Contratación de la CAM.

— Fecha de envío al “Diario Oficial de la Unión Europea”: 22 de diciembre de 2014.

Madrid, a 26 de diciembre de 2014.—El director adjunto, Francisco Félix González García.

(02/8.308/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150114-197