Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150114-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

98
Procedimiento ordinario 1.106 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.106 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Viñas Díaz, frente a “Icox Web Consulting Spain, Sociedad Limitada”, “Let’s Gowex, Sociedad Anónima”, y don Javier Solsona Piera, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Alicia Viñas Díaz, contra “Icox Web Consulting Spain, Sociedad Limitada”, condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora demandante las cantidades de 1.390,47 euros en concepto de nómina del mes de julio de 2014, 376,67 euros en concepto de nómina del mes de agosto de 2014, 4.015,01 euros en concepto de indemnización legal de veinte días por año de servicio, 1.375,05 euros en concepto de falta de preaviso y 889,20 euros en concepto de trece días de vacaciones de 2014, más el 10 por 100 de interés por mora de conformidad con lo dispuesto en el fundamento quinto de esta resolución.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, juzgando en la primera instancia.

Publicación

Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe, de lo que doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Icox Web Consulting Spain, Sociedad Limitada”, y “Let’s Gowex, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.492/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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