Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150115-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

109
Ejecución 157 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 157 de 2014 (autos número 441 de 2014), de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Martínez Martínez, frente a “Investigación y Programas, Sociedad Anónima”, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 23 de octubre de 2014 siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 23 de octubre de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fechas 10 y 13 de octubre de 2014 se presentan escritos por el letrado don Carlos Jacob Sánchez, en nombre y representación de “Investigación y Programas, Sociedad Anónima”, solicitando la suspensión de la ejecución al amparo de lo dispuesto en el artículo 5 bis de la Ley Concursal y renunciando a la defensa y representación de la demandada, respectivamente.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Mercedes Llopis Lucas.—En Madrid, a 23 de octubre de 2014.

Vistos los anteriores escritos y su contenido, únase a los autos de su razón, con traslado de copia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. No ha lugar a la suspensión solicitada, toda vez que según establece el artículo 55.2 de la Ley Concursal, “Las actuaciones que se hallaran en tramitación quedarán en suspenso desde la fecha de declaración de concurso”, por lo que estese a su declaración para su solicitud.

En cuanto a su solicitud de renuncia en la defensa y representación, se tienen por hachas las manifestaciones contenidas en su escrito de fecha 10 de octubre de 2014.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Investigación y Programas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.671/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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