Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150119-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

58
Ejecución 160 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 160 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Sáez Peiró, frente a “Adisa Calefacción, Sociedad Limitada”, y “EVE Administración Concursal, Sociedad Limitada Profesional”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 2 de diciembre de 2014.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación dicto la siguiente

Parte dispositiva:

Estimando en parte el incidente de ejecución formulado por don Miguel Campomanes Rodríguez, en nombre y representación de doña Laura Sáez Peiró, frente a “Adisa Calefacción, Sociedad Limitada”, y “EVE Administración Concursal, Sociedad Limitada Profesional”, se condena a la empresa con el concurso de la administración concursal al abono de la cantidad de 21.485,52 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (20 de diciembre de 2012) hasta la extinción de la relación laboral (31 de julio de 2014).

La ejecución deberá instarla ante el magistrado-juez del concurso una vez sea firme el presente auto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2507/0000/64/0160/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Adisa Calefacción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/38.903/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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