Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150121-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

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Procedimiento 429 de 2014

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de relaciones paterno-filiales número 429 de 2014 y en los que ha recaído sentencia, cuyo y fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo en parte la demanda promovida por la procuradora de los tribunales doña María Esperanza Álvaro Mateo, en nombre y representación de doña Silvia Estela Hurtado Gómez, contra don Abel Jua Wambashu Huambasho, sobre relaciones paterno-filiales, debo acordar en relación con el hijo común de ambos litigantes las medidas siguientes:

1. Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor, llamado Adrián Abel Hurtado Wambashu, a la madre. Siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.

No obstante lo anterior, procede atribuir el ejercicio exclusivo de la patria potestad a la madre.

2. Don Abel Jua Wambashu Huambasho abonará a doña Silvia Estela Hurtado Gómez, en concepto de alimentos para el hijo, la suma de 100 euros mensuales. Cantidad que será actualizada anualmente con efecto del día 1 de enero de cada año de acuerdo con el índice de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. Comenzando la primera actualización en enero de 2016. Así como el 50 por 100 de los gastos extraordinarios que genere el menor.

No procede adoptar, por el momento, régimen de visitas alguno del progenitor no custodio con el menor, ni ninguna otra medida.

No procede hacer especial pronunciamiento sobre las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en este Juzgado que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma la magistrada-juez de primera instancia.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado en ignorado paradero don Abel Wambashu Huambasho.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2014.—El secretario (firmado).

(03/570/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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