Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150121-120

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

120
Procedimiento 714 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 714 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Díaz Betancor y doña Mónica Paola Paredes Calderón, frente a “Pesto Pini, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 11 de diciembre de 2014.

Parte dispositiva:

Estimar el recurso de aclaración formulado por don Guillermo Moreno Izquierdo, en nombre y representación de don Javier Díaz Betancor y doña Mónica Paola Paredes Calderón, completando la sentencia con un hecho quinto que deberá decir:

«Quinto.—Dispone el artículo 26.3, párrafo segundo, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social:

El trabajador podrá acumular a la acción de despido la reclamación de la liquidación de las cantidades adeudadas hasta esa fecha conforme el apartado 2 del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, sin que por ello se altere el orden de intervención del apartado 1 del artículo 105 de esta Ley. No obstante, si por la especial complejidad de los conceptos reclamados se pudiesen derivar demoras excesivas al proceso por despido, el Juzgado podrá disponer, acto seguido de la celebración del juicio, que se tramiten en procesos separados las pretensiones de despido y cantidad, para lo que dispondrá la deducción de testimonio o copia de las actuaciones y elementos de prueba que estime necesarios a fin de poder dictar sentencia sobre las pretensiones de cantidad en el nuevo proceso resultante.

Procede, por ello, tener por acumulada la acción de cantidad, condenando a la empresa demandada a abonar la suma de 2.128,39 euros a don Javier Díaz Betancor y la suma de 1.215,64 euros a doña Mónica Paredes Calderón».

Y el fallo que deberá decir:

«Que estimando la demanda formulada por doña Mónica Paola Paredes Calderón y don Javier díaz Betancor, frente a “Pesto Pini, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores efectuado el día 15 de abril de 2014, debiendo la empresa demandada optar en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia entre la readmisión de los trabajadores o el abono de una indemnización de 12.044,58 euros para don Javier Díaz Betancor y de 8.950,26 euros para doña Mónica Paola Paredes Calderón. El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo a la fecha del despido (15 de abril de 2014).

De optar por la readmisión deberá abonar salarios de tramitación, en su caso, desde la fecha del despido hasta la notificación de sentencia a razón de 40,76 euros/día para don Javier Díaz Betancor y a razón de 42,02 euros/día para doña Mónica Paola Paredes Calderón.

Igualmente, se condena a la empresa demandada a abonar la suma de 2.128,39 euros a don Javier Díaz Betancor y la suma de 1.215,64 euros a doña Mónica Paredes Calderón.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pesto Pini, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.439/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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