Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150202-87

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

87
Ejecución 276 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 276 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lorena Paula Barile y doña María Graciela Armendáriz Dupertuis, frente a doña Nuria Delgado Gross, “Mortis Nostrae la Música de la Nostra Mort, Sociedad Limitada”, y “Requiem Melodía, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación el secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 5 de enero de 2015.

Por recibidos los anteriores oficios del “Banco Santander” y de “EVO Banco”, así como los anteriores resguardos de ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado por importe de 5,70 euros, únanse a los autos de su razón con entrega de copias al ejecutante a los efectos legales oportunos, líbrense los oportunos mandamientos de pago a favor de doña Lorena Paula Barile, por importe de 3,65 euros y a favor de doña María Graciela Armendariz Dupertuis, por importe de 2,05 euros en concepto de parte del principal, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado para retirarlos, y quedando por abonar la suma de 12.713,51 euros en concepto de principal más 1.408,52 euros en concepto de intereses provisionales y 1.408,52 euros en concepto de costas provisionales.

Por presentado el anterior escrito de la letrada doña Amalia Barbero Nuñez-Cacho en nombre y representación de la parte ejecutante, únase a los autos de su razón con entrega de copia a la contraria a los efectos legales oportunos; visto su contenido, y de conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se acuerda citar a las partes, al Fondo de Garantía Salarial, a don Aarón Carrascosa Delgado, a “Vapensiero, Sociedad Limitada”, y a “Notas Para El Alma, Sociedad Limitada”, a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el día 11 de marzo de 2015, a las ocho y cincuenta horas. Se advierte a las partes que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Notifíquese esta resolución a la parte actora, Fondo de Garantía Salarial, don Aarón Carrascosa Delgado, “Vapensiero, Sociedad Limitada”, y “Notas Para El Alma, Sociedad Limitada”, por correo certificado, con acuse de recibo.

Y encontrándose las ejecutadas “Mortis Nostrae la Musica de la Nostra Mort, Sociedad Limitada”, “Requiem Melodía, Sociedad Limitada”, y doña Nuria Delgado Gross, en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución a “Mortis Nostrae la Musica de la Nostra Mort, Sociedad Limitada”, por medio de edicto a publicar en el “Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona”, y a “Requiem Melodía, Sociedad Limitada”, y doña Nuria Delgado Gross por medio de edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe, el secretario judicial.

Auto

En Madrid, a 5 de enero de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo admitir la prueba solicitada y a tal efecto:

Respecto a la prueba de interrogatorio de la parte demandada interesada en el escrito de la parte ejecutante, se accede al interrogatorio de doña Nuria Delgado Gross y de don Aarón Carrascosa Delgado, para que declaren sobre los hechos que sustentan la solicitud de ampliación de ejecución por los que se le pregunte y el Tribunal declare pertinentes (artículo 302.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El interrogatorio tendrá lugar el día 11 de marzo de 2015, a las ocho y cincuenta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. Cítese a doña Nuria Delgado Gross por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dado su ignorado paradero, y a don Aarón Carrascosa Delgado mediante correo certificado por correo de recibo en los domicilios referidos en el escrito de la ejecutante, a fin de practicar la prueba, con el apercibimiento de que si no comparecen y no justifican el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubiere intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Citar a los testigos propuestos por dicha parte, doña Svetlana Bassova y doña Luminita Nenita en los domicilios señalados en su escrito mediante cédula de citación por correo certificado con acuse de recibo, para que comparezcan al acto de la vista, advirtiéndoles que tienen el deber de comparecer y que la infracción injustificada de dicho deber será sancionada con arreglo a lo establecido en el artículo 292.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En cuanto a la documental interesada:

Respecto al oficio solicitado a la Dirección General de la Policía, no ha lugar por cuanto no se trata de la remisión de ninguna prueba documental, sino de la redacción de un informe.

Ha lugar a remitir oficio al Juzgado de instrucción número 2 de Madrid para que aporte a este Juzgado copia del escrito de acusación del ministerio fiscal que obra en los autos de diligencias previas número 5.752 de 2014, con antelación a la fecha del señalamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2507-0000-64-0276-13.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez, don José María Reyero Sahelices.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvó las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a doña Nuria Delgado Cross, y “Requiem Melodía, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de enero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.546/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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