Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150204-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

102
Juicio verbal 599 de 2014

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 599 de 2014-V, seguido en este Juzgado a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Montero, número 37, de Móstoles, representada por el procurador don Jesús Moreno Ayllón, contra doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

La titular de este Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles, doña Pilar Saldaña Cuesta, ha dictado, en nombre de su Majestad el Rey, la siguiente resolución judicial en la villa de Móstoles, sede del órgano judicial, en el día 24 de noviembre de 2014.

Vistos los presentes autos que integran el procedimiento de juicio verbal sobre reclamación de cantidad tramitado en este Juzgado con el número 599 de 2014, interpuestos por el procurador señor Moreno Ayllón, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del número 37 de la calle Montero, de Móstoles, contra doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz, en situación de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Moreno Ayllón, en nombre y representación de la comunidad de propietarios del número 37 de la calle Montero, de Móstoles, contra doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz, debo condenar y condeno a doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz a que abonen de forma conjunta y solidaria a la comunidad de propietarios del número 37 de la calle Montero, de Móstoles, la cantidad de 3.220,77 euros, con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas de doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de veinte días, que será sustanciado y resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la preparación del recurso de apelación la parte apelante deberá constituir un depósito por la cuantía de 50 euros bajo advertencia de inadmisión.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles, que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en este instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo magistrado que la dictó, celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Y, como consecuencia del ignorado paradero de doña María Laura García Agustino y don Jaime García Alcaraz, se extiende la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma al mismo.

Móstoles, a 26 de noviembre de 2014.—El secretario (firmado).

(02/318/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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