Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150205-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCORCÓN NÚMERO 2

87
Procedimiento ordinario 327 de 2013

EDICTO

Doña Ana Isabel García García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón.

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita el procedimiento de juicio ordinario número 327 de 2013, en el que se ha dictado sentencia de fecha 30 de septiembre de 2014, cuyos antecedentes de hecho y fallo son del tenor literal siguiente:

El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio ordinario número 327 de 2013 seguidos ante este Juzgado, a instancias de “Almacenes Javier, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Florencio Aráez Martínez, contra “Florentina de Alcorcón, Sociedad Cooperativa”, don Jorge González y doña Judith Crespo, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, recayendo la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario formulada por “Almacenes Javier, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Florencio Aráez Martínez, contra “Florentina de Alcorcón, Sociedad Cooperativa”, don Jorge González y doña Judith Crespo, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a los demandados “Florentina de Alcorcón, Sociedad Cooperativa”, don Jorge González y doña Judith Crespo a que tan pronto sea firme esta sentencia abonen a la parte actora la cantidad de 6.054,06 euros, los intereses expresados y las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a los ignorados demandados en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón, expido la presente en Alcorcón, a 16 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/402/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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