Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150205-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

97
Juicio de faltas 90 de 2014

EDICTO

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 90 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por don Marcos Ramón Porcar Laynez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda, los presentes autos de juicio de faltas registrados con el número 90 de 2014, y en el que aparecen como partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; doña Diana Delgado Díaz, como denunciante, y doña Arántzazu Pérez Jaramillo, como denunciada, y constando en autos sus circunstancias personales, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:

Que debo condenar y condeno a doña Arántzazu Pérez Jaramillo, como autora penalmente responsable de una falta de estafa, a una multa de cuarenta días, con una cuota/día de 6 euros, y a la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

Se condena a doña Arántzazu Pérez Jaramillo a que indemnice a la denunciante en la cantidad de 48,40 euros, condenándole también en las costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Arántzazu Pérez Jaramillo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se requiere a la condenada para que en el plazo de diez días ingrese la cantidad a la que ha sido condenada, en el caso de no interponer recurso de apelación contra la sentencia, expido la presente en Majadahonda, a 17 de diciembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/1.245/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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