Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150205-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

99
Procedimiento ordinario 310 de 2013

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 310 de 2013 seguido a instancias de “Innava, Sociedad Anónima”, frente a doña Francisca Puñal Luque y don Manuel Pulido Durán, se ha dictado sentencia, que extractada es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 161 de 2013

En Parla, a 11 de noviembre de 2013.—Vistos por mí, doña Cristina Santisteban Verastegui, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Parla y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 310 de 2013, a instancias de “Innava, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Félix González Pomares y asistida por el letrado don Mariano Bobo Ibáñez, contra la sociedad de gananciales formada por don Manuel Pulido Durán y doña Francisca Puñal Luque, en situación de rebeldía procesal, que versan sobre reclamación de cantidad, con atención al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada a instancias de “Innava, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Félix González Pomares, contra la sociedad de gananciales formada por don Manuel Pulido Durán y doña Francisca Peña Luque, condeno a los demandados al pago a la actora de la cantidad de 11.845,05 euros, más los intereses legales.

Con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se interpondrá por escrito, ante este Juzgado, en el término de veinte días hábiles siguientes a su notificación.

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, después de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, con carácter previo a la interposición de recursos contra las resoluciones dictadas por este tribunal, deberá consignarse mediante depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, la cantidad de 25 euros para recurrir en reposición y 50 euros para hacerlo en apelación.

Y encontrándose dichos demandados doña Francisca Puñal Luque y don Manuel Pulido Durán en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Parla, a 23 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/216/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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