Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150206-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

147
Procedimiento ordinario 1.071 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.071 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Emilio García Pérez y don Omar Alfredo Flores Meneces, frente al Fondo de Garantía Salarial, “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada” y “Telnet Telecom, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta a instancias de don Carlos Emilio García Pérez y don Omar Alfredo Flores Meneces, asistidos ambos por la letrada doña María Felicidad Puentes Armestre, contra las empresas “Telnet Telecom, Sociedad Limitada” y “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada”, habiendo sido emplazado el Fondo de Garantía Salarial, condenando a la empresa demandada “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada” a pagar a cada uno de los trabajadores demandantes la cantidad de 1.216,55 euros, con aplicación del 10 por 100 de interés, de conformidad con el fundamento jurídico cuarto de esta resolución.

Se tiene por desistida a la parte actora de la acción ejercitada contra la empresa “Telnet Telecom, Sociedad Limitada”.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que esta sentencia es firme y que contra la misma no cabe interponer recurso alguno [artículo 191.2.g) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social].

Así por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda y firma doña Laura Alonso Martín, juez de refuerzo de este Juzgado.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Telnet Telecom, Sociedad Limitada” y “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.375/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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