Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150207-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

15
Procedimiento 1.004 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.004 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángela Alcañiz González, frente a doña Gema María Rechena Medina, doña Pilar Medina Fernández, “Best Languages School, Sociedad Limitada”, y “Linguacenter, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesada por doña Ángela Alcañiz González y, en su consecuencia, se acuerda: Requerir a la inspección de trabajo el informe sobre la sucesión en la titularidad a las empresas demandadas.

Practíquense las diligencias de requerimientos oportunas en relación con lo acordado.

Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Linguacenter, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.591/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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