Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
09-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150209-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 29

124
Procedimiento 829 de 2014

EDICTO

Don José Manuel Alarcón Jiménez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 29 de Barcelona.

En el procedimiento número 829 de 2014, seguido en este Juzgado a instancias de doña Raquel Bou Bigas, contra “Euclides Información, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), en materia social, se ha dictado decreto de 12 de septiembre de 2014, en méritos del cual se cita a “Euclides Información, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo sito en ronda Sant Pere, número 41, primera planta, de Barcelona, el día 10 de junio de 2015, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, al juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante el juez o magistrado; advirtiéndole de que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda. Haciéndole saber a la parte que tiene a su disposición para su examen en la oficina judicial de referencia los autos de los que deriva la presente citación, y advirtiéndose a las partes de que no se suspenderá dicho acto por falta de asistencia de la demandada citada en forma y que si la parte actora no compareciere ni alegare justa causa que a criterio de este Juzgado se lo impida se la tendrá por desistida de su solicitud, procediéndose al archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

Y a fin de que sirva de notificación y citación a “Euclides Información, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o del cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 22 de enero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.505/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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