Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150212-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1

66
Procedimiento ordinario 1.256 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario seguido a instancias de “BMW Bank GMBH” (sucursal en España), frente a don José Luis Samaranch Sáez de Buruaga, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal en el siguiente:

Sentencia

En Móstoles, a 14 de enero de 2015.

Doña Ana Mercedes Merino Melara, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.256 de 2012, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de la entidad “BMW Bank GMBH” (sucursal en España), representada por el procurador señor Sampere Meneses y bajo la dirección letrada del señor Suero Silva, contra don José Luis Samaranch Sáez de Buruaga, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Sampere Meneses, en nombre y representación de la entidad “BMW Bank GMBH” (sucursal en España), debo condenar y condeno al demandado don José Luis Samaranch Sáez de Buruaga a que abone a la parte actora la cantidad de 15.459,07 euros. Dicha suma devengará el interés de mora procesal desde la fecha de la sentencia de primera instancia hasta su completo pago. Respecto a las costas, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días, de conformidad con el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don José Luis Samaranch Sáez de Buruaga, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Móstoles, a 14 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/533/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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