Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2015

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150213-3

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

3
RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se adscribe a diferentes centros docentes al profesorado afectado por las Órdenes 2584/2014, de 12 de agosto, y 3154/2014, de 10 de octubre, ambas de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en virtud de las cuales se dispone la puesta en funcionamiento de Institutos de Enseñanza Secundaria para el curso 2014-2015, y se establece la implantación y el traslado de enseñanzas centros públicos, respectivamente.

Por Orden 2584/2014, de 12 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, se dispone la puesta en funcionamiento de Institutos de Enseñanza Secundaria para el curso 2014-2015.

Por Orden 3154/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, se establece la implantación y el traslado de enseñanzas en centros públicos.

Por la disposición final primera de la Orden 2584/2014, se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a dictar las instrucciones necesarias y a adoptar las medidas oportunas que exijan la puesta en funcionamiento de los nuevos centros que se dispone por la presente Orden.

Por la disposición final primera de la Orden 3154/2014, se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial y de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a dictar las instrucciones necesarias y a adoptar las medidas que requieran la implantación de las enseñanzas que se disponen por la citada Orden.

En su virtud, esta dirección general, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, resuelve:

Primero

Adscribir con carácter definitivo al profesorado afectado en cumplimiento de la Orden 2584/2014, de 12 de agosto, al centro que se cita, con efectos del inicio del curso escolar 2014-2015, según relaciones que figuran en el Anexo I a la presente Resolución.

Segundo

Adscribir con carácter definitivo al profesorado afectado en cumplimiento de la Orden 3154/2014, de 10 de octubre, a los centros que se citan, con efectos del inicio del curso escolar 2014-2015, según relaciones que figuran en el Anexo II a la presente Resolución.

Tercero

Al personal adscrito por la presente Resolución le será de aplicación lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

Cuarto

De conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 2 de febrero de 2015.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera.





(03/4.230/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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