Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150217-211

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 30

211
Ejecución 1.673 de 2013

EDICTO

Por esta cédula dictada en méritos de lo acordado en el proceso de ejecución número 1.673 de 2013 instruido por este Juzgado de lo social número 30 de Barcelona a instancias de don Santos Teresa Villafranco Briceño, contra “Limpiezas Diepacam, Sociedad Limitada”, “Grupo Diepacam”, don Jaime Rodrigo Campo Navarrete y doña Diana Isabel Gallardo Castro, se notifica a “Limpiezas Diepacam, Sociedad Limitada”, “Grupo Diepacam”, don Jaime Rodrigo Campo Navarrete y doña Diana Isabel Gallardo Castro, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), la resolución dictada por la secretaria judicial doña María Rosa Blanch Domeque en fecha 19 de diciembre de 2014 en el indicado proceso, cuyo tenor literal en su parte necesaria dice:

Parte dispositiva:

Procede declarar a los ejecutados “Limpiezas Diepacam, Sociedad Limitada”, “Grupo Diepacam”, don Jaime Rodrigo Campo Navarrete y doña Diana Isabel Gallardo Castro, en situación de insolvencia legal total por importe de 6.663,46 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, y procédase al archivo de las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de los ejecutados.

Líbrese copia sellada de esta resolución a la parte ejecutante para su presentación ante el Fondo de Garantía Salarial.

Llévese el original de esta resolución al libro de decretos y déjese en las actuaciones testimonio de la misma.

Firme que sea esta resolución, líbrese al registro correspondiente certificación de la presente resolución para su publicación de conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento de conformidad con el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 19 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.584/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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