Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150219-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

82
Procedimiento 38 de 2014

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de guarda y custodia contenciosa número 38 de 2014, a instancias de don Ángel García Álvarez, frente a doña Martha Sofía González Moreno, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 11 de noviembre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 568 de 2014

En Madrid, a 11 de noviembre de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 38 de 2014, sobre divorcio contencioso, a instancias de don Ángel García Álvarez, representado por la procuradora doña Emma Romanillos Alonso y asistido del letrado don Jacobo Francisco Para Poza, colegiado número 53.845, contra doña Martha Sofía González Moreno, declarada en situación de rebeldía procesal, en base a lo siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora señora Romanillos Alonso, en nombre y representación de don Ángel García Álvarez, contra doña Martha Sofía González Moreno, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, y con adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, que en aras de la brevedad se tienen aquí por reproducidas.

Líbrese el correspondiente oficio a la Dirección General de la Policía a fin de hacer constar la prohibición de salida del menor del territorio nacional, así como al Instituto Madrileño del Menor y la Familia, de la Comunidad de Madrid, a fin de poner en conocimiento de este la actual situación del menor.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días contados desde la notificación de la presente resolución, y previa acreditación de haber consignado el depósito establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada doña Martha Sofía González Moreno y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 20 de enero de 2015.—La secretaria (firmado).

(02/2.842/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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