Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150220-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

102
Ejecución 12 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.290 de 2012, ejecución número 12 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Rafael Ruiz Llorente, frente a “Auto Pama, Sociedad Limitada”, y “Autopil, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 21 de enero de 2015.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por don Eduardo Rafael Ruiz Llorente, solicitando la ejecución de sentencia, por la que se condena a “Auto Pama, Sociedad Limitada”, y “Autopil, Sociedad Anónima”, al pago de cantidad líquida, asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 21 de enero de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Eduardo Rafael Ruiz Llorente, frente a las demandadas “Auto Pama, Sociedad Limitada”, y “Autopil, Sociedad Anónima”, partes ejecutadas, por un principal de 3.182,51 euros, más 190,95 euros y 318,25 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, 2503-0000-64-0012-15.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ángela Mostajo Veiga.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Auto Pama, Sociedad Limitada”, y “Autopil, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.910/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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