Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150226-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

175
Ejecución 14 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 14 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan de Dios Moreno Villamarín, frente a “Inproma Soluciones Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—Por presentado el anterior escrito de don Juan de Dios Moreno Villamarín, junto con la documentación que se acompaña, únase a los autos de su razón.

Dese traslado de copia del escrito y de la documentación presentada a las otras partes de la ejecución.

De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el 9 de marzo de 2015, a las doce y treinta horas.

Se advierte a las partes de que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos, con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 3 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.717/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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