Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150226-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90

107
Procedimiento ordinario 1.306 de 2012

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “FCE Bank PLC Sucursal en España” y don Sorin Dumitru, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia, cuya cabecera y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 12 de 2015

En Madrid, a 27 de enero de 2015.—Doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 1.306 de 2012, entre la parte demandante “FCE Bank PLC Sucursal en España”, representada por el procurador señor Mendívil Martín y asistida por el letrado señor García García, y el demandado don Sorin Dumitru, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad,

Fallo

Que, estimando como estimo la demanda interpuesta por “FCE Bank PLC Sucursal en España”, representada por el procurador señor Mendívil Martín, contra don Sorin Dumitru, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al citado demandado a pagar a la parte demandante la cantidad de 7.912,69 euros, más intereses moratorios al tipo pactado en el contrato desde la fecha de cierre de la cuenta y hasta el efectivo pago, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de interponerse en este Juzgado en un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente y pago de la tasa correspondiente, si el acto procesal la devengara, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencias, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Sorin Dumitru, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/908/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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