Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150226-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74

104
Procedimiento ordinario 534 de 2013

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 534 de 2013, seguido a instancias de “FCE Bank PLC Sucursal en España”, frente a don Francisco Sanz Martínez y “HLB Transfrío 2006, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 183 de 2013

En Madrid, a 18 de noviembre de 2013.—La ilustrísima señora doña María Teresa de la Cueva Aleu, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 74 de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado con el número 534 de 2013, a instancias de “FCE Bank PLC Sucursal en España”, representada por el procurador don Virgilio Navarro Cerrillo y asistida del letrado don Álvaro Puga Bustos, contra “HLB Transfrío 2006, Sociedad Limitada” y don Francisco Sanz Martínez, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

La presente resolución es apelable para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a contar del siguiente a su notificación.

Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (cuenta número 3251 0000 04 0534 13), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto en la oficina judicial donde se tramita el procedimiento.

Y encontrándose “HLB Transfrío 2006, Sociedad Limitada” en rebeldía, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 13 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/4.500/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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