Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150226-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

142
Ejecución 37 de 2015

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 37 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gloria Inés Acosta Serna, frente a “Syd Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado las siguientes resoluciones:

Auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“(...) Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Gloria Inés Acosta Serna, frente a “Syd Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, por un principal de 133,42 euros, por cantidades debidas y no pagadas, más la cantidad de 26,68 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Señálese día para la vista de incidente, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma, citándose a tal fin a comparecencia a los interesados.

Notifíquese esta resolución a las partes (...)”.

Diligencia de ordenación:

“(...) Se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 3 de marzo de 2015, a las nueve y quince horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que, si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición en tanto que, si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia (...)”.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimientos o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 16 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.735/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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