Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150227-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 1

207
Procedimiento ordinario 769 de 2014

EDICTO

Doña María Elsa Méndez Díaz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ourense.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 769 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Quiroga Pérez, contra las empresas “Laboratoire Galiux Pharma, Sociedad Limitada”, y “Omegatec Laboratorios, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se dictó sentencia de fecha 29 de enero de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando en parte la demanda formulada por don Manuel Quiroga Pérez, contra las empresas “Laboratoire Galiux Pharma, Sociedad Limitada”, y “Omegatec Laboratorios, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa “Laboratoire Galiux Pharma, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 4.421,08 euros, más los intereses legales moratorios, con absolución de la demanda a la empresa “Omegatec Laboratorios, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértaseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación, por conducto de este Juzgado de lo social. Y con advertencia a la demandada de que en caso de recurso, deberá presentar, ante este Juzgado de lo social, certificación acreditativa de haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 3223000065076914 abierta por este Juzgado de lo social en el “Banco Santander”, oficina principal, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y asimismo, certificación acreditativa de haber ingresado en la “Cuenta recurso de suplicación” abierta por este Juzgado de lo social en el “Banco Santander” (oficina principal), el depósito especial de 300 euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las empresas “Laboratoire Galiux Pharma, Sociedad Limitada”, y “Omegatec Laboratorios, Sociedad Limitada”, que se hallan en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ourense, a 2 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.712/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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