Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150227-201

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

201
Despido 468 de 2014

EDICTO

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general número 468 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adriana Geanina Badea, contra la empresa “Azimut Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda formulada por doña Adriana Geanina Badea, frente a la empresa “Azimut Comunicaciones, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido de que ha sido objeto la parte actora el día 6 de junio de 2014, declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de 6 de junio de 2014, condenando a la referida empresa a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la demandante la suma de 12.168,05 euros en concepto de indemnización y la de 767,71 euros por los quince días de preaviso no concedidos. Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese este sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros [artículo 229.1.a) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, de la Jurisdicción Social], en la cuenta abierta en la entidad bancaria “Banesto”, oficina principal de Guadalajara, calle Mayor, número 12, a nombre de este Juzgado con el número 1808 0000 65 0468 14, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso al tiempo de anunciar el recurso; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la misma entidad bancaria con el número 1808 0000 61 0468 14 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad (artículo 230 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, de la Jurisdicción Social), en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así, por esta sentencia, que se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación literal de la misma a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por la ilustrísima señora magistrada-juez que la dictó el mismo día de su fecha y en audiencia pública; se incluye el original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Azimut, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 28 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.670/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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