Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2015

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150227-6

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

6
RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos de Directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, que han solicitado renovación de nombramiento en el procedimiento convocado por Resolución de 12 de enero de 2015.

Por Resolución de 12 de enero de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocó procedimiento para la renovación de los nombramientos de Directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, cuyos nombramientos fueron realizados por las Resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos de 18 de abril de 2007 y de 6 de mayo de 2011.

En la Resolución de 6 de febrero de 2015, por la que se aprueban la listas provisionales de admitidos y excluidos en el citado procedimiento, se establece un plazo de cinco días hábiles para subsanar sus solicitudes, así como alegar los errores o defectos que observen en dichas listas provisionales de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo y una vez examinadas las alegaciones presentadas, de conformidad con lo establecido en la base quinta de la Resolución de 12 de enero de 2015 citada, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Relaciones definitivas de admitidos y excluidos

Aprobar la relación definitiva de admitidos y excluidos, según Anexos I y II, respectivamente, indicando el centro para el que han sido admitidos o las causas de exclusión, en su caso. La Resolución conteniendo las relaciones definitivas de admitidos y excluidos se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

Nombramiento y efectos

Los titulares de las Direcciones de Área Territorial, en virtud de la Resolución de 14 de junio de 2010, del Director General de Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territorial y de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, formalizarán los nombramientos de los Directores que han sido renovados, por un período de cuatro años, en base al artículo 136 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Tercero

Nombramientos de Directores que no tengan destino definitivo en el centro para el que han sido nombrados

Estos Directores desempeñarán la labor de dirección en comisión de servicios. Tendrán derecho a la reserva del puesto en su destino definitivo, en tanto permanezcan en el ejercicio de dichas funciones.

Cuarto

Directores que no desean renovar el nombramiento

Los Directores que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda de la Resolución de 12 de enero de 2015 y no hayan solicitado la renovación de su nombramiento cesarán en el ejercicio de sus funciones, en el centro en el que vinieran ejerciendo, con efectos 30 de junio del presente año.

Quinto

Interposición de recursos

De conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, a 20 de febrero de 2015.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta y Tejera.







(03/6.004/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150227-6