Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150303-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

125
Procedimiento ordinario 390 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 390 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Jiménez Pardo, don Ángel Vinicio Cuenca Alejandro, don Herman Javier Torres Pinto, don Jaime Mauricio Ruiz y don Klever Fernando Malacatus Pardo, frente a “Cimentaciones Imbernón, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice:

Sentencia número 192 de 2014

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, doña Mercedes Gómez Ferreras, los presentes autos número 390 de 2013, seguidos a instancias de don Ángel Jiménez Pardo, don Ángel Vinicio Cuenca Alejandro, don Herman Javier Torres Pinto, don Jaime Mauricio Ruiz y don Klever Fernando Malacatus Pardo, asistidos del graduado social señor Sánchez García, contra “Cimentaciones Imbernón, Sociedad Limitada”, que no comparece, sobre reclamación de cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Ángel Jiménez Pardo, don Ángel Vinicio Cuenca Alejandro, don Herman Javier Torres Pinto, don Jaime Mauricio Ruiz y don Klever Fernando Malacatus Pardo, contra la empresa “Cimentaciones Imbernón, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, y condenar a la empresa demandada “Cimentaciones Imbernón, Sociedad Limitada”, a que abone a los demandantes la cantidad total de 46.150,11 euros, de los cuales corresponden a don Ángel Jiménez la cantidad de 10.261,20 euros, a don Ángel Vinicio la cantidad de 10.555,01 euros, a don Herman Javier la cantidad de 9.380,42 euros, a don Jaime la cantidad de 4.582,31 euros y a don Klever Fernando la cantidad de 11.393,17 euros, más el 10 por 100 de interés por mora de dichas cantidades a todos ellos.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2501/0000/60/0390/13 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente, siempre que no tenga la condición de trabajador o beneficirio del régimen público de la Seguridad Social, deberá aportar el justificante de pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cimentaciones Imbernón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.006/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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