Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150303-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11

96
Procedimiento ordinario 46 de 2010

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 46 de 2010 seguidos a instancias de “Banque PSA Finance”, contra don Jorge Arsenio Blasco Vázquez, en los que se ha dictado sentencia cuyo extracto es del tenor literal siguiente:

En Madrid a 22 de julio de 2013.—Doña María del Mar Crespo Yepes, magistrada-juez de primera instancia de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 46 de 2010, a instancias de “Banque PSA Finance”, contra don Jorge Arsenio Blasco Vázquez, sobre reclamación cantidad.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Que el procurador de los Tribunales don Evencio Conde de Gregorio, en nombre y representación de “Banque PSA Finance” interpuso demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad contra don Jorge Arsenio Blasco Vázquez.

Segundo.—Que admitida a trámite la demanda se acordó el emplazar al/los demandados/s en legal forma y en el plazo prevenido en la Ley, declarándose la rebeldía del/los demandados y dando por contestada la demanda.

Tercero.—Que convocadas las partes personadas a la celebración del juicio con la comparecencia del actor, por la actora se ratificó en su escrito de demanda y solicitó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las propuestas y admitidas por su señoría, con el resultado obrante en autos.

Cuarto.—Que en la sustanciación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales señor Conde de Gregorio, en nombre y representación de “Banque PSA Finance”, contra don Jorge Arsenio Blasco Vázquez, y en su mérito condeno a la demandada al pago de 17.159,14 euros, más el interés legal del dinero desde la interpelación judicial. Con expresa condena en costas a la parte demandada.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jorge Arsenio Blasco Vázquez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid a 1 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/140/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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