Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2015

Sección 1.2.90.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150309-3

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

3
RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueba y publica la relación provisional de adjudicación de plazas del concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en la base 7.1 de la Resolución de 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 7 de enero de 2015), esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Aprobar la relación provisional de adjudicación de plazas, en la categoría de Médico Pediatra de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, derivadas de la participación en el presente concurso de traslados, y que se hace pública en el Anexo a esta Resolución.

Segundo

Según lo dispuesto en la base 7.2 de la convocatoria y de conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, se abre un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación, para formular reclamaciones contra esta Resolución provisional. Estas reclamaciones se entenderán rechazadas de no aparecer admitidas en la Resolución definitiva, que se aprobará por la autoridad convocante y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a efectos informativos en la página web de la Comunidad de Madrid, (www.madrid.org/sanidad), no habiendo lugar a comunicación individualizada de las reclamaciones presentadas.

Tercero

En el mismo plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a esta publicación, y de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.6, los concursantes podrán desistir de su participación en el concurso, si bien aquellos que concursen en situación de reingreso provisional y desistan, serán declarados de oficio en situación de excedencia voluntaria.

El desistimiento de un concursante que hubiese condicionado su solicitud de traslado a la de otro concursante, conforme a la base 3.4, será personal, por lo que no supondrá el desistimiento del otro concursante, salvo declaración expresa y firmada del mismo.

Cuarto

La relación provisional de adjudicación de plazas incluye las puntuaciones alcanzadas en este concurso de traslados, por aplicación del baremo que se publicó con la convocatoria, no existiendo concursantes excluidos.

Madrid, a 5 de marzo de 2015.—El Director General de Recursos Humanos, Armando Resino Sabater.





















(03/7.177/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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