Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150309-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

140
Ejecución 217 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 217 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Francisco Perea Carrasco, frente a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Juan Francisco Perea Carrasco con la empresa “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone:

Nombre del trabajador: don Juan Francisco Perea Carrasco.

Indemnización: 9.751,26 euros.

Salarios de tramitación: 7.423,92 euros.

Salarios y otros conceptos adeudados a fecha del despido: 3.527,99 euros (3.446,78 euros, más 81,21 euros de intereses correspondientes a un tipo anual del 10 por 100).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.974/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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