Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150310-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

71
Procedimiento 145 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento de relaciones paterno-filiales número 145 de 2014 seguido a instancias de doña Livia Mercedes Jaramillo Sánchez, frente a don Paúl Javier Pérez Martínez, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 74 de 2015

Demandante, doña Livia Mercedes Jaramillo Sánchez, con procuradora doña María Rosa Vidal Gil y letrada doña María del Carmen Navajas Prados; demandado, don Paúl Javier Pérez Martínez, sin profesionales asignados, y el ministerio fiscal.—En Madrid, a 9 de febrero de 2015.

Fallo

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Rosa Vidal Gil, en nombre y representación de doña Livia Mercedes Jaramillo Sánchez, contra don Paúl Javier Pérez Martínez, que se mantuvo en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia, acordar las siguientes medidas:

1.o Se atribuye a la madre la guarda y custodia de la menor, Ainhoa Mishelle, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2.o No se fija régimen de visitas, estancias o comunicación alguno a favor del padre.

3.o En concepto de pensión de alimentos se fija con cargo al padre y a favor de la hija menor una pensión de 120 euros mensuales, pagaderos en doce mensualidades con carácter anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que al efecto designe la madre y actualizable anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo, debiendo operarse la primera actualización en el mes de marzo de 2016. Los gastos extraordinarios de naturaleza necesaria en que incurra la menor serán atendidos al 50 por 100 entre ambos progenitores.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, en su caso, habrá de interponerse, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la misma. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Y encontrándose dicho demandado don Paúl Javier Pérez Martínez en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación al mismo.

En Madrid, a 9 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.081/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150310-71