Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150310-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

74
Procedimiento 1.633 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 1.633 de 2013, sobre pieza familia incidentes, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Alcalá de Henares, a 22 de enero de 2015.—Vistos por mí, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio especial verbal de relaciones paterno-filiales número 1.633 de 2013, seguidos a instancias de doña Elena González Fernández, representada por la procuradora de los tribunales señora Galán Fenoll y defendida por la letrada señora Rodríguez López, contra don David Barra Barrantes, sin representación procesal, interviniendo el ministerio fiscal, y siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Carlota Jiménez Fernández, contra don José Cases Díaz, debo acordar y acuerdo las medidas personales y patrimoniales consignadas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución; y todo ello sin condena en costas, soportando cada parte las causas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don David Barra Barrantes se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcalá de Henares, a 22 de enero de 2015.—El secretario (firmado).

(03/5.031/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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