Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2015

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150311-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

87
Nombramiento juez de paz titular de Valdeolmos-Alalpardo

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

3. Veinte.—Nombramiento de juez de paz titular de Valdeolmos-Alalpardo.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo en la que se propone el nombramiento de doña María del Pilar Lipiani Puerta para el cargo de juez de paz titular; aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2014, por nueve votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz titular de Valdeolmos-Alalpardo a doña María del Pilar Lipiani Puerta.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Torrejón de Ardoz, partido judicial al que pertenece; al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de enero de 2015.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/5.098/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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