Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150320-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

202
Ejecución 106 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 106 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olga Felicidad Macías Sánchez, frente a “Transibermar, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Teresa Estrada Barranco.—En Madrid, a 5 de marzo de 2015.

Por presentado anterior escrito número 1.972 de 2015, por doña Margarita A. Griñón Arribas, letrada de la parte actora, únase a los autos de su razón, y téngase por hechas las manifestaciones efectuadas en el mismo.

Por recibido anterior exhorto del Juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid y visto lo certificado por la secretaria judicial del mismo, se acuerda, citar a las partes a una comparecencia el día 24 de marzo de 2015, a las nueve y treinta y cinco horas a fin de resolver sobre la posible nulidad o suspensión de la presente ejecución, atendida la situación concursal de la empresa ejecutada, citándose el ministerio fiscal, al Fondo de Garantía Salarial, administrador concursal y a las partes.

Habiendo sito notificada mediante edictos la mercantil “Transibermar, Sociedad Anónima”, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe, la secretaria judicial.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que resuelvan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transibermar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.027/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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