Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150325-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Resolución de orden de ejecución

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a notificar resolución de orden de ejecución de obras mediante su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado resolución de orden de ejecución de obras, expediente número 711/2013/4018, en relación con el inmueble número 24 de la calle Coca, contra M. H. A., con NIF 50635463-L, y A. H. Y. M, de 20 de enero de 2015, todo ello, de conformidad con los artículos 3, 6, 32.2, 35, 41 y 42 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edi­ficaciones, por la que se le ordena que en el plazo de un mes realice la reparación de la armadura de cubierta.

Asimismo, en el plazo de quince días deberá proceder a revisar y efectuar, si fuese necesario, la modificación o ampliación de las medidas de apeo efectuadas en los cambios de cubierta que presentan rotura, debiendo garantizar la idoneidad de dichas medidas mediante la emisión de un certificado técnico.

Se requiere a la propiedad para que, de conformidad con el artículo 42.2 de la mencionada Ordenanza proceda al pago de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos, así como el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

A la finalización de las obras deberá aportar Certificado Técnico garantizando la idoneidad de las mismas y la seguridad del inmueble.

Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y de reposición en el plazo de un mes ante el coordinador general de Gestión Urbanística Vivienda y Obras.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello, de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de la resolución podrá ser consultada por el interesado en el plazo de quince días desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Conservación y Edificación Deficiente.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos los efectos legales el día siguiente al vencimiento de la misma.

Madrid, a 4 de marzo de 2015.—El jefe del Departamento de Gestión, Juan Carlos ­Rodríguez Álvarez.

(01/800/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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