Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150327-139

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

139
Ejecución 272 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 272 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Laborda Díaz, frente a “Construcciones Salamanca, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

1. Finca número 46.101.—Urbana, solar en la urbanización “Andalucía La Nueva 22”, de Marbella, parcela 22, zona K, supermanzana D, “Brisas del Golf”, “Nueva Andalucía”, con una superficie de 1.404,04 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, al tomo 1.571, libro 545, folio 129.

2. Finca número 46.097.—Urbana, solar en la urbanización “Andalucía La Nueva 17”, de Marbella, parcela 17, zona K, supermanzana D, “Brisas del Golf”, “Nueva Andalucía”, con una superficie de 1.653,91 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, al tomo 1.571, libro 545, folio 120.

3. Finca número 14.629.—Urbana, solar en la urbanización “Andalucía La Nueva 7”, de Marbella, parcela 7, zona K, supermanzana D, “Brisas del Golf”, “Nueva Andalucía”, con una superficie de 1.559 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, al tomo 1.180, libro 180, folio 116.

4. Finca número 63.343/T11.—Urbana, trastero en la urbanización “La Pepina de Marbella”, conjunto “El Embrujo Playa”, Sector URP-AN-8, “La Pepina”, planta sótano, puerta 11, con una superficie de 7,82 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, al tomo 1.874, libro 848, folio 55.

5. Finca número 63.343/G168.—Urbana, garaje. Plaza de garaje número 168, integrada en la finca número 1, planta sótano del subconjunto C, que forma parte del conjunto urbanístico denominado “El Embrujo Playa”, zona Este del Sector URP-AN-8, “La Pepina”, término de Marbella, parking 168. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Marbella, al tomo 1.876, libro 850, folio 133.

Como propiedad de “Construcciones Salamanca, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 14.798,50 euros, más 2.958 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Jesús Laborda Díaz, contra “Construcciones Salamanca, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

d) Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a doña Virginia Márquez Ramírez, mayor de edad y vecina de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 93, segundo derecha, de Madrid, quien, en su caso, deberá comparecer en el plazo de una audiencia para aceptar y jurar el cargo, emitiendo informe en el término de ocho días.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar el nombramiento efectuado para que dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme, practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Salamanca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.223/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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