Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2015

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150330-16

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Miño-Sil

16
Notificación expediente sancionador

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil relativo a la notificación de iniciación de expediente sancionador S/27/0148/14.

De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación del expediente sancionador que se indica, instruido por esta Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

El correspondiente expediente obra en el Servicio de Gestión de Usuarios y Apoyo Administrativo de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Progreso, número 6, de Ourense, ante la cual les asiste el derecho a alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la presente publicación.

Expediente: S/27/0148/14.

Sancionado: “Contesa”.

Término municipal infractor: Torrejón de Ardoz (Madrid).

Acuerdo de incoación: 30 de diciembre de 2014.

Artículo de la Ley de Aguas: 116.3.d).

Artículo del Reglamento Dominio Público Hidráulico: 315.c).

Ourense, a 20 de febrero de 2015.—La instructora, Milagros Piñeiro Pérez.

(02/1.400/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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