Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
06-04-2015

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150406-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

97
Impuestos 2015

Aprobados por resolución de la concejal-delegada de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Majadahonda de 20 de marzo, las listas cobratorias correspondientes al ejercicio 2015 de:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de entrada de vehículos a través de las aceras (vados).

— Tasa por instalación de terrazas de veladores, mesas y sillas.

Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes por estos conceptos, que las mismas, se expondrán al público durante el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio.

Los legítimos interesados podrán formular, si lo estiman necesario y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de exposición al público, recurso de reposición contra dichos actos ante éste mismo órgano, previo al contencioso-administrativo.

El cobro de los mismos se realizará del modo siguiente:

Plazos:

— Período voluntario: desde el 1 de abril al 1 de junio de 2015, en el horario establecido por las entidades bancarias colaboradoras.

— Período ejecutivo: transcurrido el plazo del período voluntario las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos correspondientes, intereses de demora y, en su caso las costas que se produzcan.

Lugar de pago:

— En las siguientes entidades financieras colaboradoras: “Banco Bilbao Vizcaya” (BBVA), “Banco Santander”, “Bankia”, “Ibercaja”, “La Caixa” y “Banco Mare Nostrum”.

— El cargo en c/c de las liquidaciones que por estos conceptos se encuentren domiciliadas se realizará el 30 de abril de 2015.

— Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria para ejercicios siguientes.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003 y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.

Se recuerda a los señores contribuyentes que no tengan en su poder el recibo para realizar el pago, deberán ponerse en contacto con el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento para que se les expida un duplicado dentro del plazo señalado para el pago o bien a través de www.majadahonda.org (Portal Tributario).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Majadahonda, a 20 de marzo de 2015.—La concejal de Economía y Hacienda, Carmen Menéndez Rodríguez.

(02/2.001/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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