Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
07-04-2015

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150407-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

25
ORDEN 1626/2015, de 26 de marzo, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura por la que se amplía el presupuesto consignado en la Orden 27620/2014, de 29 de diciembre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura por la que se modifica la Orden 7210/2013 de 3 de octubre, por la que se regulan las subvenciones del programa de inserción laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo y se convocan subvenciones para el año 2015.

Mediante Orden 27620/2014, de 29 de diciembre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de enero de 2015, se convocaron subvenciones para el año 2015 para la realización de proyectos del programa de inserción laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo en el ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 5 de la mencionada Orden, de tramitación anticipada, se estableció el crédito presupuestario autorizado por cuantía estimada de 2.198.065,00 euros, habilitándose para su incremento en función de la distribución territorial que para la Comunidad de Madrid y para el ejercicio económico 2015, se realizara en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, tanto por consignación inicial de cuantías como por autorización para redistribuir las cantidades inicialmente asignadas.

Asimismo, y de conformidad con el apartado 2 del artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte aprobado en la Ley de Presupuestos fuera superior a la cuantía inicialmente estimada en la convocatoria, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.

En este sentido, la convocatoria de subvenciones para el año 2015 del programa de inserción laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo no se ha resuelto, conforme establece el apartado 2 del artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En consecuencia, y teniendo en cuenta, por un lado, el crédito presupuestario consignado en el Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2015, así como la cuantía inicialmente consignada para esta convocatoria de subvenciones y su posibilidad de ampliación, considerando, por otro lado, la evolución del desempleo, que afecta en gran medida a los desempleados que son objeto de atención por este programa de política activa de empleo, es preciso ampliar en 11.779.623,00 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 27620/2014, de 29 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para 2015 para la realización de proyectos del programa de inserción laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo

El crédito presupuestario inicialmente destinado, en su tramitación anticipada, para estas subvenciones en la Orden 27620/2014, de 29 de diciembre, en el Programa 808-Empleo, Partida 47220 Políticas Activas de Empleo, ha pasado por la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2015, a ser Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo, Subconcepto 47202-Políticas Activas de Empleo, Centro Gestor 200150000.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente

DISPONGO

Artículo 1

Ampliación del presupuesto

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 27620/2014, de 29 de diciembre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se regulan las subvenciones del programa de inserción laboral para personas desempleadas de larga duración que hayan agotado las prestaciones por desempleo y se convocan subvenciones para el año 2015, se amplía en 11.779.623,00 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, de manera que la cuantía destinada a las subvenciones convocadas para el año 2015 es de 13.977.688,00 euros, imputados al programa 241M Promoción y Fomento del Empleo, Subconcepto 47202 Políticas Activas de Empleo, Centro Gestor 200150000.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Artículo 2

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación

Se habilita al titular de la Dirección General de Empleo para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Efectos

Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de marzo de 2015.

La Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/9.916/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150407-25