Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150408-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Modificación de ordenanza fiscal

Que en la Secretaría de este Ayuntamiento, y conforme dispone el artículo 17.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentran expuestos al público a efectos de reclamaciones, los expedientes relativos a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios por prestación del servicio de actividades culturales, formativas, recreativas y utilización de edificios municipales, aprobados por el Pleno de la Corporación en sesiones celebradas los días 11 de diciembre de 2014 y el 6 de marzo de 2015.

Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo el 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Buitrago del Lozoya, a 23 de marzo de 2015.—El alcalde, Ángel Martínez Herrero.

(03/9.147/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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