Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
20-04-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150420-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

114
Ejecución 196 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 196 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Isidro Ecuador Cagua Esmeralda, frente a “Lavados y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 16 de marzo de 2015.

Parte dispositiva:

Procede declarar extinguida la relación laboral del demandante don Isidro Ecuador Cagua Esmeralda con la empresa demandada “Lavados y Proyectos, Sociedad Limitada”, con efectos del día de hoy, y condenar a la empresa demandada al abono al demandante de la cantidad de 1.925,17 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación devengados desde el despido (25 de junio de 2013) hasta la fecha de esta sentencia a razón de un salario/día de 15,62 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2501/0000/64/0196/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Mercedes Gómez Ferreras.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lavados y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.865/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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