Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
21-04-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150421-273

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

273
Ejecución 258 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 258 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de don Luis Manuel Mansilla García, frente a don Guillermo Chamarro Ortiz, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 27 de febrero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda subsanar la omisión advertida en la parte dispositiva del decreto de fecha 19 de febrero de 2015, la cual queda redactada en los siguientes términos:

«A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 16.595,68 euros de principal, 525,82 euros de interés por mora y 1.133 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado don Guillermo Chamarro Ortiz, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose del principal: 5.258,18 euros en concepto de salarios dejados de percibir de octubre-diciembre de 2013, enero de 2014 y paga extra de Navidad de 2013, más el 10 por 100 de interés de demora, 1.227,46 euros en concepto de indemnización y 10.110,04 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha de despido a la fecha del auto de extinción de relación laboral».

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Guillermo Chamarro Ortiz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 20 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.217/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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