Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150424-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

109
Procedimiento 928 de 2013

EDICTO

El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid en los autos número 928 de 2013, instados por doña María Yolanda González Campos, representada por la procuradora doña Yolene Puente Vázquez, contra don Dame Ndoye, que se halla con domicilio desconocido, he acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 17 de marzo de 2015, en la que en su fallo se acuerda lo siguiente:

Que estimando la demanda promovida por la procuradora de los tribunales doña Yolene Puente Vázquez, en nombre y representación de doña María Yolanda González Campos, contra don Dame Ndoye, declarado en rebeldía, declaro la disolución del matrimonio, por divorcio, de ambos cónyuges, con los efectos inherentes a dicha declaración, sin hacer especial condena en costas.

En ejecución de la sentencia podrán las partes practicar la liquidación de la sociedad conyugal, de no haberlo efectuado aun.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Una vez firme esta resolución anótese al margen de la inscripción de matrimonio.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma don Francisco Ruiz-Jarabo Pelayo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.

Y para que sirva de notificación en forma a don Dame Ndoye, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.

Dado en Madrid, a 17 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.361/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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