Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150424-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

117
Procedimiento 385 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento de divorcio contencioso número 385 de 2014 seguido a instancias de doña Laura Flores Sánchez-Valladares, frente a don David Robles Romero, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 200 de 2015

Demandante, doña Laura Flores Sánchez-Valladares, con procurador don Pedro Moreno Rodríguez y letrado don Antonio Martín Arenas; demandado, don David Robles Romero, sin profesionales asignados, siendo parte el ministerio fiscal.

Fallo

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Pedro Moreno Rodríguez, en nombre y representación de doña Laura Sánchez Flores-Valladares, contra don David Robles Romero, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía, y en consecuencia:

1.o Decretar la disolución del matrimonio, mediante divorcio, de los cónyuges litigantes, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento.

2.o Elevar a definitivas las medidas acordadas en auto de fecha 27 de noviembre de 2014.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que, en su caso, habrá de interponerse, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la misma. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Una vez firme la presente resolución comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Y encontrándose dicho demandado don David Robles Romero en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 24 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.370/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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