Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150424-251

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 2

251
Procedimiento 982 de 2011

EDICTO

Don Román Huertas Nafría, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 982 de 2011 a instancias de don Carlos José Pérez Corral, contra “2GTTES Trapk Logistic Transportes, Sociedad Limitada”, “Transportes Boyaca, Sociedad Limitada”, “Distribuidora del Este, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en los que el día 13 de febrero de 2015 (formalización del recurso de suplicación para impugnación) se ha dictado resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Román Huertas Nafría.—En Alicante, a 13 de febrero de 2015.

Vistos el tiempo transcurrido sin que el exhorto remitido a Torrevieja a efectos de notificar a don Grigore Timofti haya sido cumplimentado, y a fin de evitar mayor dilación en la tramitación del procedimiento, constando que la sentencia dictada en los presentes autos a sido notificada a todas las partes del procedimiento y a la demandada “2GTTES Trapk Logistic Transportes, Sociedad Limitada”, mediante el correspondiente edicto a través del “Boletín Oficial de la Provincia de Alicante”, prosíganse los trámites del recurso de suplicación anunciado por la parte demandada “Distribuidora del Este, Sociedad Anónima”.

Visto el escrito de formalización presentado por dicha parte demandada “Distribuidora del Este, Sociedad Anónima”, en fecha 2 de julio de 2013, se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación por dicha parte demandada frente a la sentencia dictada en los presentes autos, y dese traslado de copia del mismo a las demás partes recurridas a fin de que en el plazo único de cinco días en común a las partes puedan impugnarlo por medio de otro con firma de letrado, que habrán de presentar en este Juzgado de lo social con tantas copias como partes en el procedimiento, y transcurrido dicho plazo, con impugnación o sin ella, se acordará lo procedente. Advirtiéndole que deberán señalar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a efectos de notificaciones.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial, sin perjuicio del cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso debe interponerse en el plazo de tres días expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).—Doy fe.

Para la interposición del recurso de suplicación será necesaria la consignación como depósito de 25 euros que deberá efectuarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 0112/0000/61/0982/11, que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto” del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso”, seguido del código “31” y tipo concreto de recurso “Social-Reposición resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta-expediente (separados por un espacio).

Deberá acreditar la constitución del depósito mediante presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

El depósito solo será exigible a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Y para que conste y sirva de notificación a “Transportes Boyaca, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alicante, a 25 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.545/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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