Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150430-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

49
Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana

Con fecha 5 de febrero de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 30), la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicó el acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de enero de 2015:

«Primero.—Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, en el edificio “España”, situado en la plaza de España, número 19, Distrito de Centro, con las condiciones que señala el informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 28 de enero de 2015.

Segundo.—Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid».

Mediante el presente edicto se notifica el citado Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al interesado que a continuación se relaciona, dado que, intentada la notificación personal que en su momento se efectuó, esta no ha sido posible por diversas circunstancias:

— Doña Aurora Justo Moreno.

Lo que se publica para su conocimiento al figurar en la relación de alegantes, significándole que el transcrito Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1988, todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 14 de abril de 2015.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales.

(03/12.423/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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