Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2015

Sección 1.2.30.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150430-2

Páginas: 25


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

2
RESOLUCIÓN 184/2015, de 27 de abril, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las relaciones provisionales de candidatos que pueden ser finalmente seleccionados, en el proceso extraordinario de consolidación de empleo convocado mediante Resolución 290/2013, de 12 de julio, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, para la selección de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo), turno libre, en diversas funciones del grupo profesional I, IIA, IIB, III y IV publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 178, de 29 de julio de 2013.

Mediante Resolución 290/2013, de 12 de julio, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 178, de 29 de julio de 2013), se convocó el proceso extraordinario de consolidación de empleo convocado mediante Resolución 290/2013, de 12 de julio, del Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, para la selección de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo), turno libre, en diversas funciones del grupo profesional I, IIA, IIB, III y IV.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado ocho.2.c).3.o del artículo 10 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, y los apartados 14.1 y 14.2 de las Normas Generales que rigen los procesos selectivos de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo) de la Agencia, publicadas en la Resolución 365/2006, de 8 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 192), así como con lo que se establece en el artículo 20.2 del III Convenio Colectivo vigente de la Agencia,

RESUELVO

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de candidatos que, habiendo superado los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria del citado proceso selectivo, han superado el proceso selectivo, de aquellos a los que se ofrecerá en primera instancia la formalización del contrato y de aquellos que no han superado el proceso selectivo y que figuran como Anexos del I al XIV de la presente Resolución.

Segundo

Hacer público que la puntuación mínima requerida por la Comisión de Selección para la superación del primer bloque de la fase de valoración de aptitudes ha sido el 45 por 100 de los puntos posibles en este primer bloque, atendiendo a lo indicado en el apartado 5.1.2.c).1.2 de las bases de la convocatoria, donde se faculta a la Comisión de Selección que pueda determinar un nivel mínimo inferior para superar la prueba, garantizando en todo momento la idoneidad de los candidatos.

Tercero

Declarar que los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Cuarto

Ordenar la publicación de la presente Resolución, con sus Anexos, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 27 de abril de 2015.—El Consejero-Delegado, Blas Labrador Román.

















































(03/13.226/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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